| Actos de Comunicación Procesal |
Son todos aquellos actos o actividades de comunicación definidas en la ley, que ponen en conocimiento de las partes, terceros o de otras autoridades judiciales o administrativas, las providencias y órdenes del juez o del fiscal, relacionadas con el proceso, así como de éstos con aquellos.
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Acuerdo 3334/06 CSdJ |
| Aplicaciones |
Conjunto estructurado de actividades realizadas para responder a las necesidades de los usuarios en una situación determinada, con fines de tipo empresarial, educativo, comunicaciones personales o entretenimiento, entre otras. Una aplicación supone la utilización de soportes lógicos y físicos y puede efectuarse de forma parcial o totalmente automática y el acceso puede ser local o remoto. En este último caso, se necesitan servicios de telecomunicación.
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Resolución 202/10 MinTIC |
| Arquitectura de interoperabilidad |
El elegir una arquitectura ayuda a definir la forma en cómo las aplicaciones serán construidas, cómo se desarrollarán los componentes y servicios, y sobre todo cómo podrán interactuar con todos los demás sistemas de información con los que se cuenta. Una arquitectura provee una vista global en términos de cómo será construida tecnológicamente, sin importar sus problemas específicos, contemplando aspectos como flexibilidad, escalabilidad y atacando los problemas tecnológicos de manera integral y no de manera particular. Al final cada una de las aplicaciones debe interactuar de forma transparente, usando estándares y formas de comunicación preestablecidas para todas y cada una de ellas, permitiendo así el flujo de información, el crecimiento de la organización y una evolución natural hacia las tecnologías emergentes.
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CEPAL Libro blanco de interoperabilidad de gobierno electrónico. V. 3.0 |
| Autoridad Judicial |
Son los magistrados, jueces y secretarios de los despachos judiciales, que en el ejercicio de su función judicial suscriben los actos de comunicación procesal
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Acuerdo 3334/06 CSdJ |
| Centro de Contacto Ciudadano |
Es el punto integrado de contacto donde, a través de diferentes canales como el teléfono, correo electrónico, charlas interactivas y fax, se brinda atención, respuestas inmediatas y seguimiento a las solicitudes de ciudadanos, empresas y servidores públicos.
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Conpes 3650/10 |
| Centro de Datos |
Provee la capacidad computacional para las soluciones de Gobierno en Línea, así como la infraestructura para migrar las aplicaciones y alojar los servidores de las entidades públicas. También provee mecanismos de contingencia y continuidad del negocio y almacenamiento de información misional.
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Conpes 3650/10 |
| Cadena de Trámites |
La relación que se establece entre los trámites en función de los requisitos exigidos para su realización, los cuales se cumplen a través de otros trámites o servicios prestados por otras entidades, genera las cadenas de trámites.
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Decreto 1151/08 GEL |
| Certificado |
Es “la certificación electrónica que vincula unos datos de verificación de firma a una persona y confirma la identidad de ésta;”
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Directiva 1999/93/CE Comunidad Europea |
| Certificado |
Es mensaje de datos u otro registro firmado por la entidad de certificación que identifica, tanto a la entidad de certificación que lo expide, como al suscriptor del certificado y contiene la clave pública de éste. Para efectos de la aplicación del presente acuerdo un certificado digital es una clase de certificado
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Acuerdo 3334/06 CSdJ |
| Certificado en relación con las firmas digitales |
Mensaje de datos firmado por la entidad de certificación que identifica, tanto a la entidad de certificación que lo expide, como al suscriptor y contiene la clave pública de éste.
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Decreto 1747 de 2000 |
| Clave Pública |
Valor o valores numéricos que son utilizados para verificar que una firma digital fue generada con la clave privada del iniciador.
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Decreto 1747 de 2000 |
| Clave Privada |
Valor o valores numéricos que, utilizados conjuntamente con un procedimiento matemático conocido, sirven para generar la firma digital de un mensaje de datos
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Decreto 1747 de 2000 |
| Comercio electrónico |
Abarca las cuestiones suscitadas por toda relación de índole comercial, sea o no contractual, estructurada a partir de la utilización de uno o más mensajes de datos o de cualquier otro medio similar. Las relaciones de índole comercial comprenden, sin limitarse a ellas, las siguientes operaciones: toda operación comercial de suministro o intercambio de bienes o servicios; todo acuerdo de distribución; toda operación de representación o mandato comercial; todo tipo de operaciones financieras, bursátiles y de seguros; de construcción de obras; de consultoría; de ingeniería; de concesión de licencias; todo acuerdo de concesión o explotación de un servicio público; de empresa conjunta y otras formas de cooperación industrial o comercial; de transporte de mercancías o de pasajeros por vía aérea, marítima y férrea, o por carretera;
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Ley 527/99 |
| Contenido |
Información generada bajo cualquier modo o forma de expresión, que puede ser distribuida por cualquier medio y es parte de un mensaje que el sistema de transferencia o medio no examina ni modifica, salvo para conversión durante el transporte del mismo.
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Resolución 202/10 MinTIC |
| Correo electrónico |
Es el mensaje de datos que contiene correo electrónico de texto. El correo electrónico puede contener archivos adjuntos de texto, imágenes entre otros. Entiéndase los archivos adjuntos como parte íntegra del correo electrónico.
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Acuerdo 3334/06 CSdJ |
| Declaración de Prácticas de Certificación (DPC) |
Manifestación de la entidad de certificación sobre las políticas y procedimientos que aplica para la prestación de sus servicios.
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Decreto 1747 de 2000 |
| Democracia en Línea |
Es la fase en la cual el ciudadano participa activa y colectivamente en la toma de decisiones de un Estado totalmente integrado en línea, que ha interiorizado en sus prácticas el Gobierno en línea, siendo éstas de uso cotidiano para el ciudadano y las entidades incentivan a la ciudadanía a contribuir en la construcción y seguimiento de políticas, planes, programas y temas legislativos, así como a participar en la toma de decisiones y, en general, están dispuestas a involucrar a la sociedad en un diálogo abierto de doble vía.
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Manual de implementación Estrategia de GEL 2010 |
| E-Justicia |
La e-Justicia puede definirse como el recurso a las tecnologías de la información y la comunicación para mejorar el acceso de los ciudadanos a la justicia y para la eficacia de la acción judicial entendida como toda actividad consistente en resolver un litigio o en sancionar penalmente una conducta.
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Estrategia europea en materia de e-Justicia (COM/2008/0329) |
| E-Justicia |
Aplicación de las TIC a la administración de justicia.
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Estudio Comparado E-Justicia 2006. Cumbre Judicial Iberoamericana |
| Entidad de Certificación |
Es aquella persona jurídica que, autorizada conforme a la Ley, está facultada para emitir certificados en relación con las firmas electrónicas de las personas, ofrecer o facilitar los servicios de registro y estampado cronológico de la transmisión y recepción de mensajes de datos, así como cumplir otras funciones relativas a la seguridad de comunicaciones basadas en las firmas electrónicas
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Acuerdo 3334/06 CSdJ |
| Entidad de Certificación |
Es aquella persona que, autorizada conforme a la presente ley, está facultada para emitir certificados en relación con las firmas digitales de las personas, ofrecer o facilitar los servicios de registro y estampado cronológico de la transmisión y recepción de mensajes de datos, así como cumplir otras funciones relativas a las comunicaciones basadas en las firmas digitales;
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Ley 527/99 |
| Entidad de certificación cerrada |
Entidad que ofrece servicios propios de las entidades de certificación sólo para el intercambio de mensajes entre la entidad y el suscriptor, sin exigir remuneración por ello.
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Decreto 1747 de 2000 |
| Entidad de certificación abierta |
La que ofrece servicios propios de las entidades de certificación, tales que: a) Su uso no se limita al intercambio de mensajes entre la entidad y el suscriptor, o b) Recibe remuneración por éstos.
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Decreto 1747 de 2000 |
| Estampado cronológico |
Mensaje de datos firmado por una entidad de certificación que sirve para verificar que otro mensaje de datos no ha cambiado en un período que comienza en la fecha y hora en que se presta el servicio y termina en la fecha en que la firma del mensaje de datos generado por el prestador del servicio de estampado, pierde validez.
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Decreto 1747 de 2000 |
| Acuerdo 3334/06 CSdJ |
| Expediente Digital Judicial |
Es un conjunto ordenado y relacionado de mensajes de datos, gestionados en sistemas de información, que sustentan una parte o la totalidad de los actos de comunicación procesal y que conservan la misma equivalencia, seguridad jurídica y efectos probatorios del expediente soportado en papel.
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CEJ |
| Firma digital |
Se entenderá como un valor numérico que se adhiere a un mensaje de datos y que, utilizando un procedimiento matemático conocido, vinculado a la clave del iniciador y al texto del mensaje permite determinar que este valor se ha obtenido exclusivamente con la clave del iniciador y que el mensaje inicial no ha sido modificado después de efectuada la transformación;
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Ley 527/99 |
| Firma Electrónica |
Son los datos en forma electrónica consignados en un mensaje de datos, o adjuntados o lógicamente asociados al mismo, que pueda ser utilizados para identificar al firmante en relación con el mensaje de datos e indicar que el firmante aprueba la información recogida en el mensaje de datos. Para efectos de la aplicación del presente acuerdo una firma digital es una clase de firma electrónica, adicionalmente la firma electrónica evidencia cualquier modificación al mensaje de datos posterior al envío.
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Acuerdo 3334/06 CSdJ |
| Firma Electrónica |
Son “los datos en forma electrónica anejos a otros datos electrónicos o asociados de manera lógica con ellos, utilizados como medio de autenticación”
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Directiva 1999/93/CE Comunidad Europea |
| Firma Electrónica Avanzada |
Es “la firma electrónica que cumple los requisitos siguientes: a) estar vinculada al firmante de manera única; b) permitir la identificación del firmante; c) haber sido creada utilizando medios que el firmante puede mantener bajo su exclusivo control; d) estar vinculada a los datos a que se refiere de modo que cualquier cambio ulterior de los mismos sea detectable;”
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Directiva 1999/93/CE Comunidad Europea |
| Firmante |
Es la autoridad judicial o la persona que posee la clave privada para la creación de la firma electrónica. y que actúa por cuenta propia.
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Acuerdo 3334/06 CSdJ |
| Firmante |
Es “la persona que está en posesión de un dispositivo de creación de firma y que actúa en su propio nombre o en el de la entidad o persona física o jurídica a la que representa;”
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Directiva 1999/93/CE Comunidad Europea |
| Gobernanza de interoperabilidad de gobierno electrónico |
Se refiere a los acuerdos entre los gobiernos y actores que participan en los procesos de interoperabilidad y a la forma de alcanzarlos. También se refiere a la definición de los espacios de diálogo donde se definan los acuerdos. Con la gobernanza, se busca que las autoridades públicas cuenten con la institucionalidad necesaria para establecer los estándares de interoperabilidad, asegurar su adopción, y dotar a las agencias de capacidad organizacional y técnica necesarias para ponerlos en práctica.
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CEPAL Libro blanco de interoperabilidad de gobierno electrónico. V. 3.0 |
| Información en Línea |
Es la fase inicial en la cual las entidades habilitan sus sitios Web para proveer en línea información, junto con esquemas de búsqueda básica. La información, en su mayoría, se mantiene estática y no existe interacción en línea sino una relación unidireccional. Adicionalmente, se crea un portal de Gobierno que ofrece el acceso a través de un solo punto a la información que publican las entidades en sus sitios Web.
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Manual de implementación Estrategia de GEL 2010 |
| Iniciador |
Persona que actuando por su cuenta, o en cuyo nombre se haya actuado, envíe o genere un mensaje de datos
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Decreto 1747 de 2000 |
| Instalaciones esenciales |
Toda instalación de una red o servicio público de transporte de telecomunicaciones que:
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Sea suministrada exclusivamente o de manera predominante por un solo proveedor o por un número limitado de proveedores; y
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Cuya sustitución con miras al suministro de un servicio no sea factible en lo económico o en lo técnico.
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Resolución 202/10 MinTIC |
| Interacción en Línea |
Es la fase en la cual los sitios Web son actualizados con mayor regularidad y se habilita la comunicación de dos vías de entidades con ciudadanos y empresas, con las consultas en línea e interacción con servidores públicos. Se ofrecen mecanismos que acercan al ciudadano con la administración, le posibilitan contactarla y hacer uso de la información que proveen las entidades en sus sitios Web.
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Manual de implementación Estrategia de GEL 2010 |
| Intercambio Electrónico de Datos (EDI) |
La transmisión electrónica de datos de una computadora a otra, que está estructurada bajo normas técnicas convenidas al efecto;
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Ley 527/99 |
| Interconexión |
Es la vinculación de recursos físicos y soportes lógicos de las redes, incluidas las instalaciones esenciales, necesarias para permitir el interfuncionamiento de los servicios y/o aplicaciones y la interoperabilidad de plataformas.
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Resolución 202/10 MinTIC |
| Interoperabilidad |
Aptitud de los sistemas y aplicaciones, basados en Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, y los procesos que estos soportan, para intercambiar información y posibilitar utilizar mutuamente la información intercambiada. Para el caso de redes de telecomunicaciones, la interoperabilidad es inherente a la interconexión de las mismas.
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Resolución 202/10 MinTIC |
| Interoperabilidad |
Según la Comisión Europea es “la habilidad de los sistemas TIC, y de los procesos de negocios que ellas soportan, de intercambiar datos y posibilitar compartir información y conocimiento”. En los estudios europeos el análisis del fenómeno de interoperabilidad se desarrolla con base en una tipología que considera los siguientes cuatro aspectos relevantes: semánticos, organizacionales, técnicos y de gobernanza.
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CEPAL Libro blanco de interoperabilidad de gobierno electrónico. V. 3.0 |
| Interoperabilidad semántica |
Se ocupa de asegurar que el significado preciso de la información intercambiada sea entendible sin ambigüedad por todas las aplicaciones que intervengan en una determinada transacción y habilita a los sistemas para combinar información recibida con otros recursos de información y así procesarlos de forma adecuada.
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CEPAL Libro blanco de interoperabilidad de gobierno electrónico. V. 3.0 |
| Interoperabilidad organizacional |
Se ocupa de definir los objetivos de negocios, modelar los procesos y facilitar la colaboración de administraciones que desean intercambiar información y pueden tener diferentes estructuras organizacionales y procesos internos. Además de eso, busca orientar, con base en los requerimientos de la comunidad usuaria, los servicios que deben estar disponibles, fácilmente identificables, accesibles y orientados al usuario.
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CEPAL Libro blanco de interoperabilidad de gobierno electrónico. V. 3.0 |
| Interoperabilidad técnica |
Cubre las cuestiones técnicas (hardware, software, telecomunicaciones), necesarias para interconectar sistemas computacionales y servicios, incluyendo aspectos clave como interfaces abiertas, servicios de interconexión, integración de datos y middleware, presentación e intercambio de datos, accesibilidad y servicios de seguridad.
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CEPAL Libro blanco de interoperabilidad de gobierno electrónico. V. 3.0 |
| Mensaje de Datos |
Es la información generada, enviada, recibida, almacenada o comunicada por medios electrónicos, ópticos o similares, como el correo electrónico e Internet. Para efectos de la aplicación de este acuerdo la noción de mensaje de datos no aplica a documentos enviados vía fax.
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Acuerdo 3334/06 CSdJ |
| Mensaje de datos |
La información generada, enviada, recibida, almacenada o comunicada por medios electrónicos, ópticos o similares, como pudieran ser, entre otros, el Intercambio Electrónico de Datos (EDI), Internet, el correo electrónico, el telegrama, el télex o el telefax;
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Ley 527/99 |
| Plataforma de interoperabilidad |
Corresponde al conjunto de herramientas necesarias para la interacción de soluciones y sistemas de información entre diversas entidades.
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Conpes 3650/10 |
| Plataforma de interoperabilidad |
La plataforma de interoperabilidad corresponde a desarrollo informático que incorpora las definiciones de la arquitectura de interoperabilidad y que se construye con el objetivo de facilitar el intercambio de información entre los países.
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CEPAL Libro blanco de interoperabilidad de gobierno electrónico. V. 3.0 |
| Proveedor de aplicaciones |
Es la persona natural o jurídica que proporciona o suministra servicios de aplicación.
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Resolución 202/10 MinTIC |
| Proveedor de contenido |
Es la persona natural o jurídica que genera contenido.
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Resolución 202/10 MinTIC |
| Proveedor de redes y servicios de telecomunicaciones |
Persona jurídica responsable de la operación de redes y/o de la provisión de servicios de telecomunicaciones a terceros. En consecuencia todos aquellos proveedores habilitados bajo regímenes legales previos se consideran cobijados por la presente definición.
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Resolución 202/10 MinTIC |
| Punto Neutro Judicial |
El punto neutro judicial es una red privada y segura de comunicaciones que permite el acceso de los órganos judiciales a las bases de datos de diferentes administraciones públicas.
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Estudio Comparado E-Justicia 2006. Cumbre Judicial Iberoamericana |
| Racionalizar |
Organizar los trámites, procesos y procedimientos de tal manera que se reduzcan a su mínima expresión, con el menor esfuerzo y costo para el ciudadano, a través de estrategias efectivas de simplificación, estandarización, mejoramiento continuo, supresión y automatización de los mismos.
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Decreto 1151/08 GEL |
| Red de Alta Velocidad del Estado Colombiano -RAVEC |
Es una red privada de datos de última tecnología que interconecta a las instituciones públicas a altas velocidades, con altos niveles de disponibilidad y seguridad, y les proporciona servicios convergentes y colaborativos para permitir una transferencia eficiente de información.
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Conpes 3650/10 |
| Red de telecomunicaciones |
Conjunto de nodos y enlaces alámbricos, radioeléctricos, ópticos u otros sistemas electromagnéticos, incluidos todos sus componentes físicos y lógicos necesarios, que proveen conexiones entre dos (2) o más puntos fijos o móviles, terrestres o espaciales, para cursar telecomunicaciones. Para su conexión a la red, los terminales deberán ser homologados y no forman parte de la misma.
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Resolución 202/10 MinTIC |
| Repositorio |
Sistema de información utilizado para almacenar y recuperar certificados y otra información relacionada con los mismos.
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Decreto 1747 de 2000 |
| Repositorio |
Es el componente, módulo banco de datos o sistema de información donde se almacenan electrónicamente los documentos y archivos que componen el Expediente Digital Judicial. Es equivalente (en medios electrónicos) al archivo físico con el que hoy cuentan los despachos judiciales y los archivos centrales que administran las Direcciones seccionales de administración judicial. Deberán regirse, por ello, por normas del Archivo General de la Nación (aplicadas a medios electrónicos).
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CEJ |
| Servicio |
Es el conjunto de acciones o actividades de carácter misional diseñadas para incrementar la satisfacción del usuario, dándole valor agregado a las funciones de la entidad
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Decreto 1151/08 GEL |
| Servicio en línea |
Servicio que puede ser prestado por medios electrónicos a través del portal de una entidad
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Decreto 1151/08 GEL |
| Servicios de telecomunicaciones |
Servicios ofrecidos por los proveedores de redes y servicios para satisfacer una necesidad específica de telecomunicaciones de los usuarios.
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Resolución 202/10 MinTIC |
| Servidor Seguro |
Sistema tecnológico según el cual, un tercero de confianza, generalmente una Entidad de Certificación, valida ante el usuario de una página web, que la página visitada efectivamente corresponde a la que se cree.
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Acuerdo 3334/06 CSdJ |
| Simplificar |
Adoptar estrategias que implican: reducción de costos operativos en la entidad, reducción de costos para el usuario, reducción de documentos, reducción de pasos para el ciudadano y en el trámite interno, reducción de requisitos, reducción del tiempo de duración del trámite, reducción del tiempo en los puntos de atención, aumento en la vigencia del trámite, aumento de puntos de atención, fusión del trámite.
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Decreto 1151/08 GEL |
| Sistema confiable |
Los sistemas utilizados para el ejercicio de las actividades de certificación se considerarán confiables si satisfacen los estándares establecidos por la Superintendencia de Industria y Comercio
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Decreto 1747 de 2000 |
| Sistema de gestión de documentos electrónicos |
Un sistema de gestión de documentos electrónicos es un sistema de información utilizado para clasificar, almacenar y permitir la consulta de documentos electrónicos y/o digitalizados en una imagen a partir de su original en papel.
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CEJ |
| Sistema de Información |
Es todo sistema utilizado para generar, enviar, recibir, archivar, conservar o procesar de alguna otra forma mensajes de datos.
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Acuerdo 3334/06 CSdJ |
| Sistema de Información |
Se entenderá todo sistema utilizado para generar, enviar, recibir, archivar o procesar de alguna otra forma mensajes de datos.
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Ley 527/99 |
| Sitio web |
Es el sitio (s) o página (s) web, ubicado (s) en la red pública Internet, que utilicen las autoridades judiciales para cumplir con lo dispuesto en este acuerdo.
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Acuerdo 3334/06 CSdJ |
| Sistema de Gestión de casos |
Programa tecnológico que permite interactuar remotamente en un trámite judicial de una manera segura y efectiva.
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Acuerdo 3334/06 CSdJ |
| Suscriptor |
Persona a cuyo nombre se expide un certificado.
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Decreto 1747 de 2000 |
| Acuerdo 3334/06 CSdJ |
| Telecomunicación |
Toda emisión, transmisión y recepción de signos, señales, escritos, imágenes, sonidos, datos o información de cualquier naturaleza por hilo, radiofrecuencia, medios ópticos u otros sistemas electromagnéticos.
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Resolución 202/10 MinTIC |
| TIC |
Las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (en adelante TIC), son el conjunto de recursos, herramientas, equipos, programas informáticos, aplicaciones, redes y medios, que permiten la compilación, procesamiento, almacenamiento, transmisión de información como voz, datos, texto, video e imágenes.
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Ley 1341/09 |
| Transacción en Línea |
Es la fase en la que se proveen transacciones electrónicas para la obtención de productos y servicios, mediante canales seguros y ofreciendo la posibilidad de navegar el sitio en cualquier otro idioma diferente al español.
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Manual de implementación Estrategia de GEL 2010 |
| Transformación en Línea |
Es la fase en la cual las entidades deben realizar cambios en la manera de operar para eliminar límites con otras entidades y organizar sus trámites y servicios alrededor de necesidades de ciudadanos y empresas, a través de cadenas de trámites, ofreciendo servicios por medio de múltiples canales e intercambiando eficientemente la información, logrando establecer una visión unificada del Estado.
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Manual de implementación Estrategia de GEL 2010 |
| Trámite |
Conjunto o serie de pasos o acciones reguladas por el Estado, que deben efectuar los usuarios para adquirir un derecho o cumplir con una obligación prevista o autorizada por la Ley. El trámite se inicia cuando ese particular activa el aparato público a través de una petición o solicitud expresa y termina (como trámite) cuando la administración pública se pronuncia sobre éste, aceptando o denegando la solicitud.
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Decreto 1151/08 GEL |
| Trámite en línea |
Trámite que puede ser realizado por medios electrónicos a través del portal de una entidad, ya sea de manera parcial, en alguno de sus pasos o etapas, o total, hasta obtener completamente el resultado requerido.
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Decreto 1151/08 GEL |
| Usuario |
Persona natural o jurídica consumidora de servicios que hacen uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
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Resolución 202/10 MinTIC |
| Ventanilla Única Virtual |
Sitio virtual desde el cual se gestiona de manera integrada la realización de trámites que están en cabeza de una o varias entidades, proveyendo la solución completa al interesado.
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Decreto 1151/08 GEL |