La CEJ comparte varias de las medidas incluidas en la propuesta de reforma, especialmente aquellas orientadas a fortalecer los mecanismos de terminación anticipada de los procesos. Seguramente estas serán las que mayor controversia suscitarán entre la opinión pública, pero también las que más podrían contribuir a la eficiencia del sistema, para el cual se habían previsto diversos instrumentos de descongestión y lucha contra la criminalidad organizada que en la práctica han tenido un protagonismo muy inferior a las expectativas.

Así lo refleja la utilización del principio de oportunidad, que tan sólo se ha aplicado en un 0,3% de los casos evacuados por la Fiscalía; los preacuerdos, que cada vez encuentran más talanqueras por parte de los jueces; y las condenas por aceptación de cargos, que pese a que tuvieron un papel relevante al principio del sistema, posteriormente fueron recortadas a través de leyes que eliminaron o redujeron las rebajas de pena para algunos delitos.

La CEJ destaca que este anteproyecto de reforma es el resultado de un año de trabajo de la Corte y la Fiscalía, partió de diagnósticos realizados por instituciones públicas y privadas y escuchó la voz de fiscales y magistrados de diversos Tribunales del país. Así mismo, se anunció que será socializado y discutido con otras entidades del SPA tanto a nivel central como en las regiones, antes de ser radicado en el Congreso, lo que resultará esencial para la calidad y legitimidad de la iniciativa.

Esta no se trataría de la primera modificación legal al SPA, pero quizás sí de la más integral y estudiada que se le realizaría al sistema, pues las reformas precedentes (leyes 1098/06, 1142/07, 1453/11, entre otras) consistieron principalmente en ajustes parciales motivados en aumentar las penas o recortar garantías.

Varias de ellas tampoco fueron reformas oportunas, pues comenzaron cuando el sistema aún no había terminado de implementarse en todo el país. Y mucho menos fueron reformas discutidas y consensuadas, pues en la elaboración y trámite de la mayoría no se oyó la voz de la sociedad civil ni de entidades como la Defensoría del Pueblo, la Corte Suprema y el INPEC, que cumplen un papel tan importante en el sistema penal.

Medidas inconvenientes de la propuesta de reforma

Sin embargo, la CEJ también trae a colación algunas medidas que cree inconvenientes: tal es el caso de la eliminación de la imputación como actuación procesal que podría conducir a que la Fiscalía tenga que agotar mayores esfuerzos para lograr sentencias por aceptación de cargos. Por esta razón se considera que una opción más conveniente sería mantener la imputación como actuación procesal, pero establecer que por regla general ésta se realice de forma escrita.

Tampoco se comparte la modificación normativa que obligaría a las víctimas que busquen la reparación patrimonial del delito a dar inicio a un proceso civil, en lugar de tramitar esta solicitud a través del incidente de reparación integral del proceso penal.

Ajustes necesarios que no se incluyeron en el proyecto

De igual manera, la Corporación considera que el proyecto omitió ciertos ajustes necesarios para el sistema, entre ellas la definición del término máximo que debe transcurrir entre la presentación del escrito de acusación y la audiencia de acusación para que proceda la libertad de las personas cobijadas con detención preventiva, la modificación de la competencia para la entrega provisional de vehículos vinculados en delitos culposos o la inclusión de una nueva causal de preclusión por atipicidad manifiesta que pueda ser alegada por la defensa.

Con todo, los ajustes normativos que se hagan al SPA deben entenderse sólo como un eslabón para el fortalecimiento del sistema, que se integra a otros esfuerzos que se vienen realizando en el Estado. Entre ellos, la reestructuración de la Fiscalía y los ajustes a las estrategias de investigación criminal, las medidas para enfrentar la crisis del sistema penitenciario y la reestructuración de la Defensoría del Pueblo.

Así mismo, deberán complementarse con la puesta en marcha de medidas de gestión que han sido recomendadas desde el inicio del sistema, pero que -sin explicación- aún no se han implementado. Tal es el caso del sistema de información que sirva para coordinar las agendas de las audiencias públicas, cuyo nivel de aplazamiento bordea el 50%.

Ojalá que este sea el momento para superar los problemas del sistema acusatorio, pues en el éxito de sus resultados no solo recaen las condiciones de seguridad y convivencia actuales, sino también la garantía de una paz duradera por la que Colombia ha luchado durante tantos años.

Conozca AQUÍ más información sobre la posición de la CEJ ante la propuesta de reforma al sistema penal acusatorio presentada por la Fiscalía General y la Corte Suprema.